capitulo III - Despacho de mercancías
Artículo 49 Bis
Ley Aduanera
LA
ley
fiscal
Titulo SEGUNDO - Control de aduana en el despacho › Capitulo III - Despacho de mercancías
Párrafo 1
Las resoluciones o criterios anticipados previstos en los tratados internacionales de los que México sea Parte, se tramitarán ante el Servicio de Administración Tributaria, cumpliendo con los requisitos y condiciones que se establezcan mediante reglas.Artículo adicionado DOF 19-11-2025